La Directiva 2010/31/UE, de 19 mayo, relativa a la
eficiencia energética de los edificios, que deroga la Directiva 2002/91/CE,
obliga a expedir un certificado de eficiencia energética para los edificios o
unidades de estos, que se construyan, vendan o alquilen. El recién aprobado
Real Decreto 235/213 de 5 abril deroga el Real Decreto 47/2007 y regula la
certificación tanto de edificios nuevos como existentes, publicado
en el Boletín Oficial del Estado nº 89 del 13 de abril de 2013, entro en vigor al día siguiente de su publicación.
Según la Disposición Transitoria primer de este Real Decreto, la
presentación ó puesta a disposición de los compradores ó arrendatarios del
certificado de eficiencia energética de la totalidad ó parte de
un edificio, según corresponda, será exigible para los contratos de compra-venta ó
arrendamiento celebrados a partir de dicha fecha (1 de junio de 2013).
En el artículo 3 del citado Real Decreto, se crea el Registro
general de documentos reconocidos para la certificación energética de
edificios. Está adscrito a la Secretaría de Estado de Energía, del Ministerio
de Industria, Energía y Turismo, teniendo carácter público e informativo.